lunes, 18 de diciembre de 2017

CUANDO LOS COLECTIVOS SE CONVIERTE EN UN PELIGRO

El poder en manos de colectivos siempre es un riesgo, un riesgo para los particulares, para aquellos individuos de a pie cuyos derechos fundamentales pueden ser vulnerados y causarles daños irreparables. El riesgo se convierte en peligro cuando estos colectivos copan las instituciones estatales como en este caso el Congreso, de los 130 congresistas 73 son fujimoristas (FP) con capacidad suficiente para sacar leyes a su antojo y, como estamos viendo en estos días, incluso osar en interferir otros poderes. Los ejemplos en nuestro país de vulneración a los Derechos Fundamentales son infinitas: Desde aquellas resoluciones judiciales que ordenan privación de libertad sin una sentencia firme, o hechos delictivos que nunca se han investigado o que se archivaron por órdenes del “presidente” ya que las víctimas (familiares) no tienen ni recursos ni influencia; o simples normas municipales o regionales que permiten la instalación de grandes complejos industriales que finalmente terminan vulnerando derechos a la propiedad, derecho a la protección de la salud, o a la vida misma, o leyes que salen del Congreso con nombre y apellido favoreciendo licitaciones (Informe Pari)[1], aunque este último afecta intereses generales de todos. Entonces, la gran pregunta es, ¿quién defiende a los particulares frente al poder Estatal?, o, dicho de otra manera, ¿quién nos defiende frente a ese “monstruo” llamado Estado? Es precisamente por estas causas que la comunidad internacional ha venido implementando instancias supranacionales para garantizar se protejan derechos fundamentales de los ciudadanos de a pie; para nuestro Región es la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), para Europa (CEDH) o para África la (CADHP).
Es aquí (CIDH) donde los particulares de a pie podemos recurrir cuando el Estado (Congreso, Juez, Policía, alcalde, etc.) vulnere o ponga en peligro nuestros derechos fundamentales. Y es esta Corte quien ordenará al Estado que garantice absoluto respeto a los Derechos Fundamentales de los particulares.
Dicho ello, en el conflicto que se viene generando entre el “Fuji-Aprimos” que tienen controlado el Congreso, y el Tribunal Constitucional (TC) está en juego Derechos Fundamentales de los familiares de dos personas muertas en 1986 por agentes de la marina en el primer gobierno de “AG”. Dos familias valientes que vienen luchando 31 años por saber quién mató a sus familiares, que de momento ya está en marcha los juicios orales, sin embargo, con la posible destitución de los Magistrados del TC, existe gravísima amenaza a la independencia del Poder Judicial, que de no retractarse los Congresistas del “fuji-aprismo” y desoyen a la CIDH[2], otra vez los familiares se verían perjudicadas a pesar de 31 años de lucha por saber la verdad.
En resumen, lo que vemos es, cómo este colectivo “fuji-aprismo”, oficialmente FP y APRA, se aprovecha del Congreso para violentar el derecho fundamental a “un juez independiente, autónomo e imparcial” que tienen los familiares de esas dos personas muertas en 1986.
Reflexión, o cerramos los ojos y nos hacemos los locos y probablemente la próxima victima sea cualquier de nosotros, o salimos enérgicamente a rechazarla en defensa del respeto estricto, al menos, de los Derechos Fundamentales.

viernes, 7 de julio de 2017

COMENTARIOS SOBRE EL AYMARAZO Y LA SEGURIDAD

Primero, se le condena a Aduviri por el delito de Disturbios[1], me parece, en su modalidad "graves daños al patrimonio público y/o privado" (aún no he visto la sentencia ni la acusación).

Pero el tema de fondo es otra, la máxima instrumentalización del Derecho penal frente a los reclamos justos de los ciudadanos.

Como bien recordaremos, la razón del por qué se dio el Aymarazo fue porque el gobierno de turno (Alan Garcia y pandilla), habían otorgado titularidad con nombre y apellidos a la empresa canadiense Bear Creeck Mining[2] sobre los recursos que albergan el territorio de las poblaciones indígenas aymaras dentro de los 50 kilómetros de la frontera con Bolivia, sin que estos ni siquiera se habían enterado, o sea, es, más o menos como si alguien vendiera tu casa y tú ni enterada. A pesar de que la Constitución Política, la máxima norma de nuestro país la prohíbe en su artículo 71[3].

Dada esta situación, se genera un clima de rechazo, protestas, en fin, inseguridad ciudadana y los aymaras toman Puno y ya el resto es historia… la pregunta es, frente a esta situación de inseguridad ¿cómo debería responder el Estado?
O sea, ¿cómo mantienes la seguridad en la sociedad?, en mi opinión, o bien por la razón o bien por la fuerza (cárcel), y la fuerza implica miedo... El medio es rápido y eficaz, a la vez de corta duración; en cambio la razón es un proceso largo y requiere mucha inversión de recursos y tiempo, pero es más duradero y sólido.

Pero, como el poder es pasajero y los que gobiernan solo tienen 5 años como máximo para implementar sus políticas (por no decir para desbalijar los recursos del Estado y jalarse), no se pueden permitir desaprovechar en invertir en la Razón. (prueba de que esta conclusión es cierta, es el chupo que ha reventado con el caso Odebresch, Toledo en EE.UU., Alan Garcia en España, Fujimori hubiera estado en Japo si no se hubiera reaccionado rápido; Ollanta no tiene salida, porque no tiene ni familiares ni aliados con poder que lo encubran en el extranjero, es de los nuestros que fue un accidente en nuestra historia como andinos. Así fue desde la creación del Estado peruano, robas y te fugas).

Pero el debate aquí es, ¿es sostenible garantizar la seguridad en la sociedad, instrumentalizando al máximo el Derecho penal?, en mi opinión, no. No porque el Derecho penal si bien puede ser un eficaz instrumento para el control social, esta solo debe aplicarse como último recurso, o sea, solamente cuando se ha agotado todos los medios para garantizarla, por ejemplo, para este caso concreto, el gobierno debió informar previamente y consultar a los pobladores de Chucuito si quería o no la minería, luego, debatir cómo la querían, llegar a acuerdos, etc., en fin, llegar a la esencia del Derecho, la manifestación de Voluntad de las partes.

¿Por qué es peligroso la excesiva aplicación del derecho penal? Porque el Derecho penal implica fundamentalmente cárcel, privación de la libertad de libre circulación, y ¿ a quién le gustaría estar en la cárcel?, a nadie, el miedo habría logrado neutralizar a los “revoltosos”; pero este mensaje del Estado a la sociedad puede ser interpretado por la gente, y de hecho así es, como la represión de las empresas poderosas a los que protesta por defender sus territorios, o de ricos a pobres, de limeños a provincianos, de blancos a cobrizos, y esto es peligroso para un estado democrático, y un perfecto caldo de cultivo para las posiciones radicales, extremistas.

En conclusión, lo que se quiso “enchufar” a los aymaras de Chucuito, pueden hacerlo, y de hecho lo hacen, con otros pueblos, pero lo peligroso es que pueden hacerlo también con cualquiera de nosotros, sino fijémonos en la protesta de los profesores, los trabajadores del ultimo incendio en Malvinas Lima, etc., etc., de ahí que no estoy de acuerdo con Alex, cuando dice que “…algo que era muy ajeno a nosotros”; en esencia el problema no nos es ajeno, por el contrario, se habría afectado un derecho fundamental que nos concierne defenderla a todos y a todas, y esa es la libre manifestación de nuestra VOLUNTAD, de lo que queremos, nadie puede imponernos si no manifestamos nuestra voluntad. Esta es el fundamento de un estado democrático.

Y, finalmente, el Derecho penal no es el mejor instrumento para resolver conflictos de esta naturaleza, debió bastar con que se ordenara reparar los daños materiales públicas y/o privadas.




[1] CÓDIGO PENAL “Artículo 315.- Disturbios  “El que en una reunión tumultuaria, atenta contra la integridad física de las personas y/o mediante violencia causa grave daño a la propiedad pública o privada, será reprimido con pena privativa de libertad no menor de seis ni mayor de ocho años”.
[2] El Peruano (2007), Decreto Supremo 083-2007, Gaceta Jurídica, Boletín Oficial de normas legales, folio 358512. “artículo 1º, Objeto: Declarar de necesidad pública la inversión en la actividad minera, a fin de que BEAR CREEK MINING COMPANY SUCURSAL DEL PERÚ, pueda adquirir y poseer concesiones y derechos sobre minas y recursos complementarios para el mejor desarrollo de sus actividades productivas dentro de los (50) de la frontera sur del país, en los lugares donde se ubican los derechos mineros que se detallan en el artículo 2º del presente decreto supremo”. Se puede ver el D.S. en: http://www.gacetajuridica.com.pe/servicios/normas_pdf2007/noviembre/29-11-2007/358491-358582.pdf, cabe recalcar que este Decreto ya fue derogado.
[3] Constitución Política de 1993, “artículo 71°.- Propiedad de los extranjeros En cuanto a la propiedad, los extranjeros, sean personas naturales o jurídicas, están en la misma condición que los peruanos, sin que, en caso alguno, puedan invocar excepción ni protección diplomática. Sin embargo, dentro de cincuenta kilómetros de las fronteras, los extranjeros no pueden adquirir ni poseer por título alguno, minas, tierras, bosques, aguas, combustibles ni fuentes de energía, directa ni indirectamente, individualmente ni en sociedad, bajo pena de perder, en beneficio del Estado, el derecho así adquirido. Se exceptúa el caso de necesidad pública expresamente declarada por decreto supremo aprobado por el Consejo de Ministros conforme a ley”. (resaltado introducido).

viernes, 28 de abril de 2017

¿POR QUÉ VENEZUELA?

Este corto escrito se debe a varias preguntas planteada en facebook, por un ex-compañero universitario, enfatizando que el problema venezolano se debe, según él, a la pésima gestión del gobierno actual - causas internas, sin embargo, mi tesis es, además de las internas, existen también causas externas que inciden en la situación actual.

Qué duda cabe, la situación interna de Venezuela es grave y condenable, en una sociedad democrática nada justifica la violencia. Pero pensar que el problema es de ahora, sería sesgada. Más de 10 mil personas, entre muertos y desaparecidos, durante las cuatro décadas antes de la llegada de Chavez[1]. En cuanto al fracking, ciertamente ha sostenido el mercado energético de EE.UU. en estos últimos años, a pesar de ello, al menos hasta el 2015, Venezuela fue el tercer proveedor más importante de petróleo a EE.UU. después de Canada y Arabia Saudita[2].  También lo es para el mercado de China. De ahí su importancia en el escenario geopolítico.

Ahora, lo que sí creo que es indiscutible es la disputa en el mundo por el control de la energía barata, el petróleo, a ello me refería con “problemas geopolíticas”[3], con este fin, cualquier instrumento es válido, incluso la guerra, y creo que Venezuela no es ajena. Los países industrializados, para sostener sus economías, básicamente dependen de la energía del petróleo, si este recurso escasea, se desploman. Para no ir lejos, basta con darle un vistazo a las consecuencias del “embargo del petróleo” por los países árabes en 1974, EE.UU. y la Europa industrializada, estuvieron a punto de colapsar. En sencillo, si no tienes energía barata la maquinaria se paraliza. De ahí que los países europeos han venido invirtiendo en energía no convencional (energía nuclear, solar, eólica, etc.) pero, hasta ahora, ninguna de estas fuentes ha logrado sustituir al petróleo.

Digo que Venezuela no es ajena a este escenario geopolítico, porque es uno de los países con mayor reserva de petróleo probado, junto a los países de medio oriente, etc., por tanto, con tal de asegurar el control del petróleo para abastecer el mercado de los países industrializados, vale cualquier medio, inclusos la guerra. Además, EE.UU. con alrededor del 5% de la población mundial consume el 25% de la energía del mundo ¿por qué no estaría interesado y hasta envuelta en la problemática venezolana?

El caso de Siria es particular, más que por sus recursos naturales, aquí se disputa el paso de los hidrocarburos al gran mercado europeo, o bien del petróleo de Arabia Saudita o el de Irán, excluyente. Claro, los países de EAU o los Saudí, son aliados o tienen convenios de protección militar con la OTAN, y su vecino Irán con Rusia. Las dos potencias militares del mundo, confrontados ¿te imaginas? 

El libro que te invito a darle un vistazo, a pesar de su título engañoso, recoge datos interesantes que ilustran sobre el escenario geopolítico por el control de la energía barata, aquí un extracto de la opinión del autor: “(…) en todo el mundo, las estrategias diplomáticas, económicas y militares de casi todas las naciones siguen siendo determinadas por un objetivo primordial: mantener el acceso ininterrumpido a unas existencias de energía constantes. Este objetivo es constante, debe conseguirse a cualquier precio, sin reparar en cómo distorsiona la cultura y la política de regiones enteras, respalda gobiernos o dictadores corruptos o, en última instancia, fomenta la inestabilidad y los resentimientos que ya han engendrado personajes tan malvados como Muammar el-Gaddafi, Saddam Hussein y Osama Bin Laden”[4].




[1] Informe de la Comisión de Estado por la Justicia y la Verdad contemplada en la Ley para Sancionar los Crímenes, Desapariciones, Torturas y otras Violaciones de los Derechos Humanos por Razones Políticas en el periodo 1958-1998, Pág. 32. Se puede visitar en: http://albaciudad.org/wp-content/uploads/2017/03/CONTRA-EL-SILENCIO-Y-EL-OLVIDO-POR-LA-VERDAD-Y-LA-JUSTICIA.pdf
[2] Javier HERNANDO (2015), ¿De dónde procede el petróleo que consume Estados Unidos?, puedes visitarla en la siguiente dirección: http://www.unitedexplanations.org/2015/09/14/de-donde-procede-el-petroleo-que-consume-estados-unidos/
[3] EE.UU., UE, China y Rusia, son los países (aunque la UE una unidad de países) que anualmente consumen en miles de trillones de KWh de energía. Aquí puedes revisar los datos exactos: https://www.cia.gov/library/publications/the-world-factbook/fields/2233.html  
[4] Paul ROBERTS (2004), El fin del petróleo, traducción de Jordi Vidal, PURESA S.A. España. Pág. 24